Hasta el día 12 de noviembre de 2025, la provincia de Granada no disponía de zonas de especial riesgo o especial vigilancia frente a gripe aviar (recogidas en los anexo II y III de la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la influenza aviar), por lo que se permitía tener las aves de corral al aire libre y no era obligatorio llevar a cabo un confinamiento (encierro) de las mismas en la propia explotación.
Al aumentar el riesgo de contagio, con fecha 13 de noviembre de 2025 se ha publicado la Orden APA/1288/2025, de 11 de noviembre, por la que se establece la medida de confinamiento de explotaciones para la prevención y control del contagio por influenza aviar, la cual establece nuevas medidas cautelares en todo el territorio nacional (incluyendo toda la provincia de Granada):
– Prohibición de criar y mantener aves al aire libre (cualquier método de cría, incluidas las explotaciones ecológicas y las de autoconsumo o las que produzcan huevos o carne para su venta directa al consumidor final)
– Obligación de llevar a cabo un confinamiento (encierro) de las aves que se críen al aire libre. Cuando esto no sea posible, se podrá autorizar la colocación, si ello fuera posible, de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres, y siempre que se alimente y abreve a las aves en el interior de las instalaciones o en un refugio que impida la llegada de aves silvestres y evite el contacto de éstas con los alimentos o el agua destinados a las aves de corral.
– Prohibición de criar patos y gansos conjuntamente con otras especies de aves de corral.
– Prohibición de dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de agua a los que puedan acceder aves silvestres. Los depósitos de agua situados en el exterior requeridos por motivos de bienestar animal para determinadas aves de corral quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres
– Queda prohibida la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales (incluyendo los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales), así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas.
