El objeto del convenio es facilitar que los vecinos del municipio puedan efectuar el pago de los tributos y otros ingresos municipales mediante giro postal
El Ayuntamiento de Armilla y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos han suscrito un convenio para permitir a los contribuyentes el pago de tributos municipales a través de giros postales en la oficina que este organismo tiene en la localidad. El convenio lo han suscrito la alcaldesa de Armilla, Loli Cañavate y Jesús Jávega, Jefe Sector Gerencia Productos y Servicios Área Sur, acompañados por la concejala de Economía, Manuela Bertos y Francisco Guzmán, director de la Oficina de Armilla.
El consistorio armillero con la firma de este convenio facilita a los vecinos y vecinas de Armilla puedan efectuar el pago de un tributo o de otro ingreso de derecho público devengado a favor del Ayuntamiento. La Sociedad Estatal Correos no intervendrá en el procedimiento de recaudación de dichos conceptos, limitándose simplemente a facilitar el pago a los contribuyentes mediante un servicio financiero de ingreso en cuenta a terceros del que ya dispone.
En un contexto como el actual, recuerda el consistorio, donde se está produciendo una reestructuración del sector bancario, se están fusionando entidades y cerrando sucursales bancarias, además se reduce por parte de las entidades de crédito el horario para pago de tributos y demás ingresos de derecho público por los contribuyentes. A lo que hay que añadir la brecha digital, que hace que una parte importante de la población no utilice los medios de pago a su disposición a través de internet, están provocando que muchos administrados tengan problemas para cumplir con sus obligaciones fiscales.
Así, por ello resulta obligado habilitar y fomentar todo tipo de soluciones que ayuden a los vecinos a realizar los trámites con la administración.
Teniendo en cuenta que la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A. mantiene una red postal, con oficinas distribuidas por toda España, a través de la cual presta a los usuarios, entre otros, los servicios de giro postal que le son propios, es por ello que se habilita este canal para que Correos y Telégrafos pueda realizar las gestiones en nombre del contribuyente y sea éste el que por su cuenta y riesgo utilice dicho canal a través del giro postal. Es decir, Correos a cambio de facilitar el pago a los usuarios cobrará el importe habitual por un giro postal.
Los canales de pago continuarán siendo, como hasta ahora, las mismas entidades bancarias colaboradoras, pero tendremos la posibilidad añadida de realizar el pago a través de las oficinas de Correos y Telégrafos. Dichas oficinas facilitarán el ingreso durante todo el horario de apertura de las mismas, con la atención de personal especializado y no mediante cajeros automáticos como están haciendo las entidades bancarias.